Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado de Michoacán de Ocampo · Michoacán
Artículo 45
TÍTULO SEGUNDO MECANISMOS DE PREVENCIÓN E INSTRUMENTOS DE RENDICIÓN DE · CAPÍTULO III INSTRUMENTOS DE RENDICIÓN DE CUENTAS
Artículo 45. La Secretaría o los Órganos Internos de Control deberán supervisar la ejecución de los procedimientos de contratación pública por parte de los contratantes para garantizar que se lleven a cabo en los términos de las disposiciones en la materia, llevando a cabo las verificaciones procedentes si descubren irregularidades.
SECCIÓN SEXTA
DE LA DECLARACIÓN DE INTERESES
Última reforma de esta ley incorporada: 25 de enero de 2021. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: coeac.michoacan.gob.mx.
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