Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Nayarit · Nayarit

Artículo 34

TÍTULO SEGUNDO LOS MECANISMOS DE PREVENCIÓN E INSTRUMENTOS DE RENDICIÓN DE · CAPÍTULO III LOS INSTRUMENTOS DE RENDICIÓN DE CUENTAS

Artículo 34. Registro de situación patrimonial y declaración de interés. La Secretaría, y los Órganos Internos de Control de los Entes Públicos, en el ámbito de su competencia, llevarán el registro de la situación patrimonial y de intereses de los Servidores Públicos obligados, de conformidad con esta Ley, la Ley del Sistema Local y las demás disposiciones aplicables.

SECCIÓN TERCERA

LOS PLAZOS Y MECANISMOS DE REGISTRO AL SISTEMA DE EVOLUCIÓN PATRIMONIAL, DE DECLARACIÓN DE INTERESES Y CONSTANCIA DE PRESENTACIÓN DE DECLARACIÓN FISCAL

Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresonayarit.gob.mx.

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