Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Nayarit · Nayarit

Artículo 49

TÍTULO SEGUNDO LOS MECANISMOS DE PREVENCIÓN E INSTRUMENTOS DE RENDICIÓN DE · CAPÍTULO III LOS INSTRUMENTOS DE RENDICIÓN DE CUENTAS

Artículo 49. Objeto de la declaración de interés. La declaración de intereses tendrá por objeto informar y determinar el conjunto de intereses de un Servidor Público a fin de delimitar cuándo éstos entran en conflicto con su función conforme a los puestos, cargos, comisiones, actividades o poderes que el Declarante desempeña en órganos directivos o de gobierno en organizaciones o empresas con fines de lucro, o bien, en asociaciones, sociedades, consejos, actividades filantrópicas o de consultoría en las que el Declarante puede o no recibir remuneración por esta participación.

Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresonayarit.gob.mx.

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