Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Nuevo León · Nuevo León

Artículo 4

TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 4. Son sujetos de esta Ley:

I. Los Servidores Públicos del Estado de Nuevo León pertenecientes a los entes públicos;

II. Aquellas personas que habiendo fungido como Servidores Públicos del Estado y Municipios de Nuevo León, se ubiquen en los supuestos a que se refiere la presente Ley; y

III. Los particulares vinculados con faltas administrativas graves o hechos de corrupción y los que se encuentren en situación especial conforme al Capítulo IV del Título Tercero de la presente Ley.

Última reforma de esta ley incorporada: 24 de julio de 2020. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: tcanl.gob.mx.

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