Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado y Municipios de Oaxaca · Oaxaca

Artículo 54

TÍTULO PRIMERO DE LA INVESTIGACIÓN Y CALIFICACIÓN DE LAS FALTAS GRAVES Y NO GRAVES

Artículo 54 . La Investigación y calificación de las faltas administrativas, se sujetará a los principios, reglas y disposiciones establecidas en los Capítulos I, II y III del Título Primero del Libro Segundo de la Ley General. 19

Así mismo, la calificación de las faltas administrativas y la abstención de las autoridades substanciadoras o resolutoras, para iniciar el procedimiento de responsabilidad administrativa previsto en la Ley General o de imponer sanciones al servidor público, podrán ser impugnadas mediante el recurso de inconformidad que contempla el Capítulo IV del Título Primero del Libro Segundo de la Ley General.

Última reforma de esta ley incorporada: 6 de marzo de 2024. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente: docs.mexico.justia.com.

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