Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Querétaro · Querétaro

Artículo 55

Artículo 55. Las sentencias en las que se determine la comisión de faltas administrativas graves y faltas de particulares, deberán publicarse en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro “La Sombra de Arteaga”, de conformidad con lo establecido en la Ley General.

Libro Tercero

De las quejas por conductas que no constituyen faltas administrativas

Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: fiscaliageneralqro.gob.mx.

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