Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado y Municipios de San Luis Potosí · San Luis Potosí

Artículo 86

TÍTULO CUARTO

ARTÍCULO 86. El monto de la sanción económica y de las indemnizaciones impuesta se actualizará, para efectos de su pago, en la forma y términos que establece el Código Fiscal del Estado, en tratándose de contribuciones y aprovechamientos.

Última reforma de esta ley incorporada: 25 de marzo de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresosanluis.gob.mx.

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