Artículo 198.- Serán notificados personalmente:
I.- El emplazamiento al presunto o presuntos responsables para que comparezca al procedimiento de responsabilidad administrativa. Para que el emplazamiento se entienda realizado se les deberá entregar copia certificada del Informe de Presunta Responsabilidad Administrativa y del acuerdo por el que se admite; de las constancias del Expediente de presunta Responsabilidad Administrativa integrado en la investigación, así como de las demás constancias y pruebas que hayan aportado u ofrecido las autoridades investigadoras para sustentar el Informe de Presunta Responsabilidad Administrativa;
II.- El acuerdo de admisión del Informe de Presunta Responsabilidad Administrativa;
III.- El acuerdo por el que se ordene la citación a la audiencia inicial del procedimiento de responsabilidad administrativa;
IV.- En el caso de faltas administrativas graves, el acuerdo por el que remiten las constancias originales del expediente del procedimiento de responsabilidad administrativa al Tribunal encargado de resolver el asunto;
V.- Los acuerdos por lo que se aperciba a las partes o terceros, con la imposición de medidas de apremio;
VI.- La resolución definitiva que se pronuncie en el procedimiento de responsabilidad administrativa; y
VII.- Las demás que así se determinen en la ley, o que las autoridades sustanciadoras o resolutoras del asunto consideren pertinentes para el mejor cumplimiento de sus resoluciones.
Si se ignorase el domicilio de la persona contra quien se formuló el Informe de Presunta Responsabilidad Administrativa, el emplazamiento se hará por edictos que se publicarán en el Boletín Oficial del Estado en dos ocasiones con intervalos de tres días y se fijarán, además, en los estrados de la autoridad sustanciadora o resolutora, haciéndose saber al interesado que deberá presentarse en un término que no menor de quince ni mayor de treinta días, a partir de la fecha de la última publicación.
Además, deberá publicarse en el portal de internet de la autoridad sustanciadora o resolutora, según sea el caso.
SECCIÓN NOVENA
DE LOS INFORMES DE PRESUNTA RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA