Artículo 199.- El Informe de Presunta Responsabilidad Administrativa será emitido por las Autoridades investigadoras, el cual deberá contener los siguientes elementos:
I.- El nombre de la Autoridad investigadora;
II.- El domicilio de la Autoridad investigadora para oír y recibir notificaciones;
III.- El nombre o nombres de los funcionarios que podrán imponerse de los autos del expediente de responsabilidad administrativa por parte de la Autoridad investigadora, precisando el alcance que tendrá la autorización otorgada;
IV.- El nombre y domicilio del servidor público a quien se señale como presunto responsable, así como el Ente público al que se encuentre adscrito y el cargo que ahí desempeñe. Encaso (sic) de que los presuntos responsables sean particulares, se deberá señalar su nombre o razónsocial (sic), así como el domicilio donde podrán ser emplazados;
V.- La narración lógica y cronológica de los hechos que dieron lugar a la comisión de la presunta Falta administrativa;
VI.- La infracción que se imputa al señalado como presunto responsable, señalando, bajo el principio de razonabilidad, los motivos por los que se considera que ha cometido la falta.
VII.- Las pruebas que se ofrecerán en el procedimiento de responsabilidad administrativa, para acreditar la comisión de la Falta administrativa, y la responsabilidad que se atribuye alseñalado (sic) como presunto responsable, debiéndose exhibir las pruebas documentales que obren en su poder, o bien, 41 aquellas que, no estándolo, se acredite con el acuse de recibo correspondiente debidamente sellado, que las solicitó con la debida oportunidad;
VIII.- La solicitud de medidas cautelares, de ser el caso; y
IX.- Firma autógrafa de Autoridad investigadora.