Ley de Salud del Estado de San Luis Potosí · San Luis Potosí

Artículo 193

TITULO DECIMO · CAPITULO III Mercados y Centros de Abasto

ARTICULO 193. En los aspectos sanitarios, las construcciones, reconstrucciones, modificaciones y adaptaciones deberán cumplir con las disposiciones de esta Ley, y las demás disposiciones legales aplicables.

Última reforma de esta ley incorporada: 28 de noviembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresosanluis.gob.mx.

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