Ley de Salud del Estado de San Luis Potosí · San Luis Potosí

Artículo 245

TITULO DECIMO · CAPITULO VI Limpieza Pública

ARTICULO 245. Los municipios proveerán de depósitos de basura en los parques, jardines, paseos públicos y en otros lugares de la vía pública que estén dentro de su jurisdicción, debiendo realizar la fumigación periódica en los mismos.

Última reforma de esta ley incorporada: 28 de noviembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresosanluis.gob.mx.

Pregúntale a RíoLex

¿Tu caso tiene que ver con este artículo?

Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.