Ley de Salud del Estado de San Luis Potosí · San Luis Potosí

Artículo 253

TITULO DECIMO · CAPITULO VII Rastros y Establecimientos Similares 86

ARTICULO 253. El sacrificio de animales en los rastros se efectuará en los días y horas que fijen las autoridades municipales, tomando en consideración las condiciones del lugar y los elementos de que dispongan para realizar las verificaciones necesarias.

Última reforma de esta ley incorporada: 28 de noviembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresosanluis.gob.mx.

Pregúntale a RíoLex

¿Tu caso tiene que ver con este artículo?

Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.