Ley de Salud del Estado de San Luis Potosí · San Luis Potosí

Artículo 329

TITULO DECIMO · CAPITULO I

ARTICULO 329. La autorización sanitaria es el acto administrativo mediante el cual la autoridad competente, permite a una institución pública o privada, y a las personas físicas o morales, realizar actividades reguladas por esta Ley, en los casos y con los requisitos y modalidades que determine la misma y otras disposiciones generales aplicables

(REFORMADO, P.O. 25 DE AGOSTO DE 2012)

Las autorizaciones sanitarias tienen el carácter de licencias, permisos o tarjetas de control sanitario mismas que se otorgarán sin discriminación de ningún tipo si cumplen con los requisitos especificados en la ley.

Última reforma de esta ley incorporada: 28 de noviembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresosanluis.gob.mx.

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