Ley del Sector Hidrocarburos · Federal

Artículo 29

TÍTULO SEGUNDO

Artículo 29.- La legislación mercantil y el derecho común son aplicables para la celebración y ejecución de los Contratos Mixtos.

Última reforma de esta ley incorporada: 18 de marzo de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: diputados.gob.mx.

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