Artículo 80.- Las personas interesadas en obtener los permisos a que se refiere este Título, deben presentar la solicitud a la Secretaría de Energía o la Comisión Nacional de Energía, según corresponda, misma que debe contener al menos:
I. Nombre, denominación o razón social, de la persona solicitante;
II. Domicilio fiscal y domicilio para oír y recibir notificaciones, así como nombre de la persona o personas autorizadas para recibirlas;
III. Opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales en sentido positivo, emitida por el Servicio de Administración Tributaria, de la persona solicitante y de su representante legal;
IV. Manifestación bajo protesta de decir verdad que no se encuentra en el Directorio de licitantes proveedores y contratistas sancionados;
V. En su caso, documentación que acredite la propiedad o posesión legítima del predio en el que se lleve a cabo la actividad permisionada;
VI. Especificaciones técnicas del proyecto;
VII. Dirección y ubicación geo-referenciada de las instalaciones sujetas a permiso;
VIII. Monto de inversión estimado del proyecto, en pesos mexicanos;
IX. Manifestación bajo protesta de decir verdad que tiene conocimiento del marco regulatorio aplicable a la actividad a desarrollar, y se compromete a cumplirlo;
X. Manifestación bajo protesta de decir verdad de que no se ubican en la relación de contribuyentes con operaciones presuntamente inexistentes al que se refiere el artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación;
XI. En caso de ser Persona Moral: a) Instrumento notarial que acredite su legal constitución y que su objeto social está relacionado con la actividad para la cual solicita el permiso; b) Instrumento notarial en donde conste el poder otorgado a su representante o persona apoderada legal y sus facultades, así como su identificación oficial; c) Cédula de inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes de la persona solicitante y de su representante o persona apoderada legal, y d) Escrito libre que contenga el diagrama que muestre la estructura accionaria y corporativa de la sociedad, del capital social del solicitante, precisando aportación o porcentaje de participación de cada socio o accionista; identificando a las personas o grupo de personas que tienen el control de la sociedad de manera directa o indirecta. Se entiende por grupo de personas aquellas que tengan acuerdos, de cualquier naturaleza, para tomar decisiones en un mismo sentido.
XII. En caso de ser persona física: a) Identificación oficial, y b) Descripción de la actividad que desea realizar.
XIII. Cualquier otro requisito que se especifique en esta Ley, el Reglamento o la regulación que emita la Secretaría de Energía o la Comisión Nacional de Energía.