Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí · San Luis Potosí

Artículo 23

TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES

ARTÍCULO 23. Son sujetos obligados a transparentar y permitir el acceso a su información y proteger los datos personales que obren en su poder: cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los poderes, Ejecutivo; Legislativo; y Judicial; y municipios, órganos autónomos, partidos políticos, candidatas y candidatos independientes, fideicomisos y fondos públicos, así como cualquier persona física, moral o sindicatos que reciban y ejerzan recursos públicos o realicen actos de autoridad en el ámbito estatal y municipal.

Última reforma de esta ley incorporada: 2 de octubre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresosanluis.gob.mx.

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