ARTÍCULO 14.- El Sistema Nacional de Vivienda estará integrado por:
I. El Consejo;
II. La Comisión Intersecretarial;
III. La Secretaría;
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IV. La Comisión, el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores; el Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado y la Sociedad Hipotecaria Federal, Sociedad Nacional de Crédito, y
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V. Los gobiernos de las entidades federativas, de los municipios y, en su caso, de las alcaldías, así como los sectores social y privado, en los términos de los acuerdos y convenios que al efecto se celebren.
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