Código Civil del Estado de Aguascalientes · Aguascalientes

Artículo 2320-C

TITULO SEXTO · CAPITULO IV

Artículo 2320-C.- Para los efectos de este Capítulo el contrato de arrendamiento deberá contener cuando menos las siguientes estipulaciones: Página

I.- Nombres del arrendador y arrendatario;

II.- La ubicación del inmueble;

III.- Descripción detallada del inmueble objeto del contrato y de las instalaciones y accesorios con que cuenta para el uso y goce del mismo, así como el estado que guardan;

IV. El monto de la renta;

V. La garantía, en su caso;

VI.- La mención expresa del destino habitacional del inmueble arrendado;

VII.- El término del contrato; y

VIII.- Las obligaciones que arrendador y arrendatario contraigan adicionalmente a las establecidas en la Ley.

(ADICIONADO, P.O. 13 DE SEPTIEMBRE DE 2004)

Última reforma de esta ley incorporada: 13 de enero de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 27 de septiembre de 2026. Fuente oficial: eservicios2.aguascalientes.gob.mx.

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