Código Civil para la Ciudad de México · Ciudad de México

Artículo 3004

ARTICULO 3004.- Las sentencias firmes que resulten en aplicación del artículo anterior, incluirán la inhabilitación para el desempeño del cargo o empleo hasta que sea pagada la indemnización de daños y perjuicios que en su caso corresponda.

(REFORMADA SU DENOMINACIÓN, D.O.F. 3 DE ENERO DE 1979)

C A P Í T U L O I I D I S P O S I C I O N E S C O M U N E S D E L O S D O C U M E N T O S R E G I S T R A B L E S

(REFORMADO, D.O.F. 3 DE ENERO DE 1979)

Última reforma de esta ley incorporada: 23 de abril de 2024. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresocdmx.gob.mx.

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