Código Civil del Estado de Chihuahua · Chihuahua

Artículo 115

TÍTULO CUARTO DEL REGISTRO CIVIL · CAPÍTULO IX DE LAS ACTAS DE DEFUNCIÓN

ARTÍCULO 115. El acta de fallecimiento contendrá:

I. El nombre, apellidos, edad, nacionalidad y domicilio que tuvo el difunto;

II. El estado civil de éste y si era casado o viudo, el nombre y apellidos de su cónyuge;

III. Los nombres, apellidos, edad, ocupación y domicilio de los testigos y si fueren parientes el grado en que lo sean; [Incluye fe de erratas publicada en el P.O.E. No. 79 del 3 de octubre de 1987]

IV. Los nombres de los padres del difunto si se supieren;

V. La causa que determinó la muerte y específicamente el lugar en que se sepulte el cadáver, si fuere el caso; y

VI. La hora de la muerte, si se supiere y todos los informes que se tengan en caso de muerte violenta. [Incluye fe de erratas publicada en el P.O.E. No. 79 del 3 de octubre de 1987] [Artículo reformado mediante Decreto No. 255 87 III P.E. publicado en el P.O.E. No. 73 del 12 de septiembre de 1987]

Última reforma de esta ley incorporada: 25 de diciembre de 1999. Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresochihuahua2.gob.mx.

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