Código Civil del Estado de Chihuahua · Chihuahua

Artículo 2132

TÍTULO PRIMERO DE LOS CONTRATOS PREPARATORIOS · CAPÍTULO ÚNICO DE LA PROMESA

ARTÍCULO 2132. Habrá compraventa cuando uno de los contratantes se obliga a transferir la propiedad de una cosa o de un derecho, y el otro a su vez se obliga a pagar por ellos un precio cierto y en dinero.

Última reforma de esta ley incorporada: 25 de diciembre de 1999. Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresochihuahua2.gob.mx.

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