Código Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza · Coahuila

Artículo 1805

TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES PRELIMINARES

ARTÍCULO 1805. Los actos que no constituyen negocios jurídicos, pueden ser:

I. Lícitos.

II. Ilícitos, pudiendo éstos ser, a su vez, ilícitos penales o delitos, o ilícitos civiles.

Última reforma de esta ley incorporada: 27 de junio de 2023. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresocoahuila.gob.mx.

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