Código Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza · Coahuila

Artículo 2454

TÍTULO SEXTO DE LA TRANSMISIÓN DE LAS OBLIGACIONES · CAPÍTULO IV DE LA CESIÓN DE LA POSICIÓN CONTRACTUAL

ARTÍCULO 2454. La forma de transmisión, la capacidad de disponer y de recibir, y las relaciones entre las partes se regirán por las disposiciones relativas del negocio jurídico que sirve de base a la cesión, en lo que no se opongan a las disposiciones de este capítulo.

Última reforma de esta ley incorporada: 27 de junio de 2023. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresocoahuila.gob.mx.

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