Código Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza · Coahuila

Artículo 2653

TÍTULO PRIMERO DEL CONTRATO DE PROMESA

ARTÍCULO 2653. La promesa de contratar quedará sin efecto y el que la hizo incurrirá en responsabilidad, si el bien que ofreció lo transmitió en propiedad a un tercero de buena fe y a título oneroso.

Última reforma de esta ley incorporada: 27 de junio de 2023. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresocoahuila.gob.mx.

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