Código Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza · Coahuila

Artículo 2655

TÍTULO PRIMERO DEL CONTRATO DE PROMESA

ARTÍCULO 2655. Si vencido el plazo a que se refiere la fracción III del artículo 2648 no se cumple la obligación de hacer dimanada de la promesa de contratar, el perjudicado podrá demandar el cumplimiento de ésta y que se dé al contrato la forma legal correspondiente o la rescisión de ella, y en uno y otro caso la reparación de los daños y perjuicios causados.

Última reforma de esta ley incorporada: 27 de junio de 2023. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresocoahuila.gob.mx.

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