Código Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza · Coahuila

Artículo 3061

TÍTULO DÉCIMO DEL MANDATO · CAPÍTULO VI

ARTÍCULO 3061. La designación de un nuevo mandatario para un mismo asunto, importa la revocación del primero desde el día en que se notifique a éste el nuevo nombramiento, o tenga conocimiento fehaciente de ello.

Última reforma de esta ley incorporada: 27 de junio de 2023. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresocoahuila.gob.mx.

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