Código Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza · Coahuila

Artículo 3249

TÍTULO DUODÉCIMO DEL CONTRATO DE OBRAS A PRECIO ALZADO 269 · CAPÍTULO I DE LA FIANZA

ARTÍCULO 3249. Puede pactarse que el fiador:

I. Quede obligado a una prestación distinta de la principal.

II. Elija entre pagar la prestación principal u otra distinta.

III. Pague una cantidad de dinero, si el deudor principal no presta un bien o un hecho determinado.

Última reforma de esta ley incorporada: 27 de junio de 2023. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresocoahuila.gob.mx.

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