Código Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza · Coahuila

Artículo 34

TÍTULO PRIMERO DE LA PERSONALIDAD JURÍDICA

ARTÍCULO 34. La capacidad de ejercicio es la aptitud para ejercitar derechos y cumplir obligaciones, por si o a través de representante.

Última reforma de esta ley incorporada: 27 de junio de 2023. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresocoahuila.gob.mx.

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