Código Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza · Coahuila

Artículo 770

TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES PRELIMINARES

ARTÍCULO 770. El testamento es un negocio jurídico unilateral, personalísimo, revocable y libre, por el cual una persona capaz para ello, dispone de sus bienes y derechos y declara o cumple deberes para después de su muerte.

Última reforma de esta ley incorporada: 27 de junio de 2023. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresocoahuila.gob.mx.

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