ARTÍCULO 975. En el testamento público abierto, el testador manifiesta su última voluntad en presencia de quienes deban autorizar el acto.
Artículo 975
TÍTULO TERCERO DE LA FORMA DE LOS TESTAMENTOS · CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES
Última reforma de esta ley incorporada: 27 de junio de 2023. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresocoahuila.gob.mx.
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