Código Civil del Estado de México · Estado de México

Artículo 4.158

TITULO QUINTO De la Paternidad y Filiación · CAPITULO II De la Filiación

Artículo 4.158.- La acción del hijo para reclamar su estado es imprescriptible para él y sus descendientes.

Legitimación de los herederos para reclamar la posesión de estado de hijo

Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ceavem.edomex.gob.mx.

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