Artículo 4.252.- El adoptante tiene derecho de nombrar tutor testamentario al hijo.
Artículo 4.252
TITULO OCTAVO De la Tutela y Curatela · CAPITULO II De la Tutela Testamentaria
Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ceavem.edomex.gob.mx.
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