Código Civil del Estado de México · Estado de México

Artículo 4.253

TITULO OCTAVO De la Tutela y Curatela · CAPITULO II De la Tutela Testamentaria

Artículo 4.253.- Ha lugar a tutela legítima cuando por cualquier causa no haya quien ejerza la patria potestad, ni tutor testamentario.

Personas a quien corresponde ser tutor legítimo

Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ceavem.edomex.gob.mx.

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