Código Civil del Estado de México · Estado de México

Artículo 4.255

TITULO OCTAVO De la Tutela y Curatela · CAPITULO III De la Tutela Legítima de los Menores

Artículo 4.255. - Si hubiere varios parientes del mismo grado, el Juez elegirá al más apto; pero si el menor hubiere cumplido doce años, él hará la elección.

Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ceavem.edomex.gob.mx.

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