Artículo 4.278.- En el caso de que trata el artículo anterior, se proveerá a la tutela conforme a la ley.
Reasunción del cargo de tutor
TITULO OCTAVO De la Tutela y Curatela · CAPITULO VIII De los Impedimentos para el Desempeño de la
Artículo 4.278.- En el caso de que trata el artículo anterior, se proveerá a la tutela conforme a la ley.
Reasunción del cargo de tutor
Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ceavem.edomex.gob.mx.
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