Artículo 4.3.- Cualquier estipulación contraria a los fines esenciales del matrimonio, se tendrá por no puesta.
Edad para contraer matrimonio.
TITULO PRIMERO DE LA FAMILIA Y EL MATRIMONIO · CAPÍTULO I
Artículo 4.3.- Cualquier estipulación contraria a los fines esenciales del matrimonio, se tendrá por no puesta.
Edad para contraer matrimonio.
Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente oficial: ceavem.edomex.gob.mx.
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