Artículo 4.315. - El tutor no tendrá derecho a remuneración si contrae matrimonio con el pupilo sin la dispensa respectiva.
Artículo 4.315
TITULO OCTAVO De la Tutela y Curatela · CAPITULO XI Del Desempeño de la Tutela
Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ceavem.edomex.gob.mx.
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