Código Civil del Estado de México · Estado de México

Artículo 4.336

TITULO OCTAVO De la Tutela y Curatela · CAPITULO XV Del Curador

Artículo 4.336.- El curador tiene derecho a ser relevado del cargo cuando lo solicite.

Remuneración al curador

Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ceavem.edomex.gob.mx.

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