Artículo 4.376.- Son objeto del patrimonio de familia:
I. La casa habitación;
II. En algunos casos, una parcela cultivable.
Efectos de la constitución del patrimonio de familia
TITULO DECIMO De los Ausentes · CAPITULO V De la Presunción de Muerte del Ausente
Artículo 4.376.- Son objeto del patrimonio de familia:
I. La casa habitación;
II. En algunos casos, una parcela cultivable.
Efectos de la constitución del patrimonio de familia
Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente oficial: ceavem.edomex.gob.mx.
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