Artículo 5.13.- Los bienes de dominio del poder público se dividen en bienes de uso común, bienes destinados a un servicio público y bienes propios.
Bienes del poder público que son inalienables e imprescriptibles
TITULO SEGUNDO Clasificación de los Bienes · CAPITULO III De los Bienes considerados según las
Artículo 5.13.- Los bienes de dominio del poder público se dividen en bienes de uso común, bienes destinados a un servicio público y bienes propios.
Bienes del poder público que son inalienables e imprescriptibles
Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ceavem.edomex.gob.mx.
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