Código Civil del Estado de México · Estado de México
Artículo 5.158
TITULO QUINTO De la Copropiedad · CAPITULO I Disposiciones Generales
Artículo 5.158.- Serán de su cuenta todas las obras de conservación de la pared en la parte en que ésta haya aumentado, y las que en la parte común sean necesarias, si el deterioro proviene de la mayor altura.
Consentimiento para abrir ventana en pared común
Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ceavem.edomex.gob.mx.
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