Artículo 5.19.- Son bienes propiedad de los particulares los que les pertenecen legalmente y no puede aprovecharse ninguno sin su consentimiento o autorización de la ley. CAPITULO IV De los Bienes Mostrencos
Concepto de bienes mostrencos
TITULO SEGUNDO Clasificación de los Bienes · CAPITULO III De los Bienes considerados según las
Artículo 5.19.- Son bienes propiedad de los particulares los que les pertenecen legalmente y no puede aprovecharse ninguno sin su consentimiento o autorización de la ley. CAPITULO IV De los Bienes Mostrencos
Concepto de bienes mostrencos
Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ceavem.edomex.gob.mx.
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