Artículo 5.206.- Si el lugar señalado es inapropiado o muy gravoso al predio dominante el propietario del sirviente debe señalar otro, si este también es calificado de la misma manera, el Juez decidirá.
Selección de predio sirviente
TITULO SEXTO De las Servidumbres · CAPITULO V De la Servidumbre Legal de Paso
Artículo 5.206.- Si el lugar señalado es inapropiado o muy gravoso al predio dominante el propietario del sirviente debe señalar otro, si este también es calificado de la misma manera, el Juez decidirá.
Selección de predio sirviente
Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ceavem.edomex.gob.mx.
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