Código Civil del Estado de México · Estado de México

Artículo 5.31

TITULO TERCERO De la Posesión

Artículo 5.31.- Cuando una persona tiene en su poder un bien por una situación de dependencia respecto del propietario, y la retiene en provecho de éste en cumplimiento de las órdenes e instrucciones que de él ha recibido, no se le considera poseedor.

Bienes y derechos susceptibles de posesión

Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ceavem.edomex.gob.mx.

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