Código Civil del Estado de México · Estado de México

Artículo 5.62

TITULO TERCERO De la Posesión

Artículo 5.62.- Se presume que la posesión se sigue disfrutando en el mismo concepto en que se adquirió, salvo prueba en contrario. Pérdida de la posesión

Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ceavem.edomex.gob.mx.

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