Código Civil del Estado de México · Estado de México

Artículo 6.117

TITULO SEGUNDO De la Sucesión por Testamento · CAPITULO IX De la Inexistencia, Nulidad, Revocación

Artículo 6.117.- Las disposiciones testamentarias caducan y quedan sin efecto, en lo relativo a los herederos y legatarios si éstos:

I. Mueren antes que el testador o antes de que se cumpla la condición de que dependa la herencia o el legado;

II. Se hacen incapaces de heredar;

III. Renuncian a su derecho.

Condición de suceso desconocido

Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente oficial: ceavem.edomex.gob.mx.

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