Artículo 6.129.- Cuando el testador declare que no sabe o no puede firmar, imprimirá su huella digital y uno de los testigos firmará en su nombre.
Testamento de sordo
TITULO TERCERO De la Forma de los Testamentos · CAPITULO II Del Testamento Público Abierto
Artículo 6.129.- Cuando el testador declare que no sabe o no puede firmar, imprimirá su huella digital y uno de los testigos firmará en su nombre.
Testamento de sordo
Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente oficial: ceavem.edomex.gob.mx.
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