Artículo 6.96.- Por medio de un legado el deudor puede mejorar la condición de su acreedor.
Legado de remisión de deuda
TITULO SEGUNDO De la Sucesión por Testamento · CAPITULO VII De los Legados
Artículo 6.96.- Por medio de un legado el deudor puede mejorar la condición de su acreedor.
Legado de remisión de deuda
Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente oficial: ceavem.edomex.gob.mx.
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