Código Civil del Estado de México · Estado de México

Artículo 7.1005

TITULO DECIMO Del Contrato de Prestación de Servicios · CAPITULO I De la Fianza en General

Artículo 7.1005.- El fiador puede obligarse a menos y no a más que el deudor principal. Si se hubiere obligado a más, se reducirá su obligación a la del deudor. En caso de duda se presume que se obligó por el monto de la obligación principal.

Fianza en obligaciones de dar o hacer

Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ceavem.edomex.gob.mx.

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