Artículo 7.1007.- La responsabilidad de los herederos del fiador se rige por lo dispuesto para el cumplimiento de las obligaciones mancomunadas o solidarias.
Requisitos del fiador
TITULO DECIMO Del Contrato de Prestación de Servicios · CAPITULO I De la Fianza en General
Artículo 7.1007.- La responsabilidad de los herederos del fiador se rige por lo dispuesto para el cumplimiento de las obligaciones mancomunadas o solidarias.
Requisitos del fiador
Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ceavem.edomex.gob.mx.
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